LRPCAP

Artículo 33. Cese de reconocimiento de refugio

La Secretaría cesará el reconocimiento de la condición de refugiado bajo ciertas circunstancias, como la adquisición de una nueva nacionalidad o el regreso voluntario al país de origen. Este artículo establece las bases para la revocación de refugio.

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Texto Legal

La Secretaría cesará el reconocimiento de la condición de refugiado al que:

I. Se ha acogido voluntariamente a la protección del país de su nacionalidad;

II. Habiendo perdido su nacionalidad, la recobra voluntariamente;

III. Ha adquirido una nueva nacionalidad y disfruta de la protección del país de su nueva nacionalidad;

IV. Se ha establecido voluntariamente en el país que había abandonado o fuera del cual había permanecido de conformidad con el artículo 13 de la presente Ley;

V. Han desaparecido las circunstancias por las cuales fue reconocido como refugiado y no puede continuar negándose a acogerse a la protección del país de su nacionalidad, o

VI. No tiene nacionalidad y por desaparecer las circunstancias en virtud de las cuales fue reconocido como refugiado, está en condiciones de regresar al país donde tenía su residencia habitual.

No cesará el reconocimiento de la condición de refugiado en los supuestos comprendidos en las fracciones V y VI, cuando el refugiado pueda invocar razones graves derivadas de la persecución por la que originalmente dejó su país de origen, o que mantenga un fundado temor de persecución por alguno de los motivos contemplados en el artículo 13 de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los refugiados comprendan las implicaciones de regresar a su país de origen, ya que esto puede afectar su estatus.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 33 del LRPCAP?

La Secretaría cesará el reconocimiento de la condición de refugiado bajo ciertas circunstancias, como la adquisición de una nueva nacionalidad o el regreso voluntario al país de origen. Este artículo establece las bases para la revocación de refugio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 33 de la LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria...?

[IA] Es crucial que los refugiados comprendan las implicaciones de regresar a su país de origen, ya que esto puede afectar su estatus.

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