LRPCAP

Artículo 61. Solicitud de asilo politico

Los extranjeros en peligro por sus ideas políticas pueden solicitar asilo político ante la Secretaría de Relaciones Exteriores. Este artículo establece el derecho de los individuos a buscar protección en México.

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Texto Legal

Todo extranjero que encuentre en peligro su vida, su libertad o seguridad por ideas o actividades políticas directamente relacionadas con su perfil público, y carezca de la protección de su país, podrá solicitar el otorgamiento de asilo político ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, sus delegaciones localizadas fuera del Distrito Federal o la Representación, según corresponda. Artículo adicionado DOF 30-10-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los solicitantes de asilo entiendan el proceso y los requisitos para presentar su solicitud. Los asesores deben ayudar a preparar la documentación necesaria para fortalecer el caso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 61 del LRPCAP?

Los extranjeros en peligro por sus ideas políticas pueden solicitar asilo político ante la Secretaría de Relaciones Exteriores. Este artículo establece el derecho de los individuos a buscar protección en México.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 61 de la LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria...?

[IA] Es fundamental que los solicitantes de asilo entiendan el proceso y los requisitos para presentar su solicitud. Los asesores deben ayudar a preparar la documentación necesaria para fortalecer el caso.

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