LGSM

Artículo 174. Disponibilidad del informe

El informe del administrador junto con los documentos justificativos estarán a disposición de los accionistas quince días antes de la asamblea.

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Texto Legal

Artículo 174 – Disponibilidad del informe

El informe del administrador junto con los documentos justificativos estarán a disposición de los accionistas quince días antes de la asamblea.

Esta disposición forma parte del régimen de gobierno corporativo de la Sociedad Anónima, que establece los mecanismos de toma de decisiones, administración y vigilancia que garantizan la protección de los derechos de todos los accionistas.

El gobierno corporativo de la S.A. se estructura en tres niveles: la asamblea de accionistas como órgano supremo de decisión, el consejo de administración o administrador único como órgano de gestión, y los comisarios como órgano de vigilancia. Esta separación de funciones es fundamental para el control interno de la sociedad.

El cumplimiento de las formalidades de convocatoria, quórum y votación establecidas en la ley es esencial para la validez de las resoluciones societarias. Su incumplimiento puede dar lugar a la nulidad de las resoluciones y a la responsabilidad de los administradores que las hayan ejecutado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores senala que la disponibilidad del informe financiero para los accionistas debe garantizarse con al menos quince dias de anticipacion a la asamblea. Los accionistas tienen derecho a examinar toda la documentacion que sustente el informe. La obstruccion de este derecho puede dar lugar a la suspension de la asamblea y a la responsabilidad de los administradores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 174 del LGSM?

El informe del administrador junto con los documentos justificativos estarán a disposición de los accionistas quince días antes de la asamblea.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 174 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

SDV Asesores senala que la disponibilidad del informe financiero para los accionistas debe garantizarse con al menos quince dias de anticipacion a la asamblea. Los accionistas tienen derecho a examinar toda la documentacion que sustente el informe. La obstruccion de este derecho puede dar lugar a la suspension de la asamblea y a la responsabilidad de los administradores.

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