LGSM

Artículo 74. División y unificación de partes sociales

Las partes sociales podrán dividirse o unificarse conforme lo apruebe la asamblea de socios, siempre que se respeten las reglas de valor mínimo establecidas.

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Texto Legal

Artículo 74 – División y unificación de partes sociales

Las partes sociales podrán dividirse o unificarse conforme lo apruebe la asamblea de socios, siempre que se respeten las reglas de valor mínimo establecidas.

La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una forma societaria que combina elementos personalistas con la ventaja de la responsabilidad limitada de los socios. El límite de 50 socios y la estructura de partes sociales no negociables reflejan su naturaleza intermedia entre la sociedad de personas y la sociedad de capitales.

En la práctica empresarial mexicana, la S. de R.L. de C.V. es ampliamente utilizada para empresas familiares y negocios de mediana escala, donde los socios desean mantener un control más cercano sobre la composición del grupo societario y las decisiones de la empresa.

Para efectos fiscales, la S. de R.L. tributa como persona moral bajo el Título II de la Ley del ISR, con el mismo tratamiento que la Sociedad Anónima. La elección entre una S. de R.L. y una S.A. depende principalmente de consideraciones corporativas y de gobierno, más que de aspectos tributarios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores destaca que la division o unificacion de partes sociales permite ajustar la estructura del capital a las necesidades de los socios. Esta operacion requiere la modificacion de los estatutos y no debe confundirse con un aumento o reduccion de capital. La division facilita la transmision parcial de derechos y puede ser util en procesos sucesorios o de reestructuracion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del LGSM?

Las partes sociales podrán dividirse o unificarse conforme lo apruebe la asamblea de socios, siempre que se respeten las reglas de valor mínimo establecidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

SDV Asesores destaca que la division o unificacion de partes sociales permite ajustar la estructura del capital a las necesidades de los socios. Esta operacion requiere la modificacion de los estatutos y no debe confundirse con un aumento o reduccion de capital. La division facilita la transmision parcial de derechos y puede ser util en procesos sucesorios o de reestructuracion.

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