- Los depósitos bancarios podrán ser retirables a la vista, a plazo o previo aviso. Cuando
al constituirse el depósito previo aviso no se señale plazo, se entenderá que el depósito es retirable al día
hábil siguiente a aquél en que se dé el aviso. Si el depósito se constituye sin mención especial de plazo,
se entenderá retirable a la vista.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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