MC-PGC

Artículo 16. Criterios de Registro o Reconocimiento

Requisitos para el reconocimiento contable de los elementos en las cuentas anuales.

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Texto Legal

5.º Criterios de registro o reconocimiento contable de los elementos de las cuentas anuales

El registro o reconocimiento contable es el proceso por el que se incorporan al balance, la cuenta de pérdidas y ganancias o el estado de cambios en el patrimonio neto, los diferentes elementos de las cuentas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de registro y valoración.

Los activos deben reconocerse en el balance cuando sea probable la obtención a partir de los mismos de beneficios o rendimientos económicos para la empresa en el futuro, y siempre que se puedan valorar con fiabilidad.

Los pasivos deben reconocerse en el balance cuando sea probable que, a su vencimiento y para liquidar la obligación, deban entregarse o cederse recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos futuros, y siempre que se puedan valorar con fiabilidad.

El reconocimiento de un ingreso tiene lugar como consecuencia de un incremento de los recursos de la empresa, y siempre que su cuantía pueda determinarse con fiabilidad.

El reconocimiento de un gasto tiene lugar como consecuencia de una disminución de los recursos de la empresa, y siempre que su cuantía pueda determinarse con fiabilidad.

CONVERGENCIA CON NIIF:
El criterio de "probabilidad + valoración fiable" del PGC corresponde al modelo de reconocimiento del Marco Conceptual NIIF anterior a 2018. El Marco NIIF 2018 simplificó los criterios eliminando el umbral de probabilidad como requisito absoluto, aunque en la práctica las diferencias son mínimas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del MC-PGC?

Requisitos para el reconocimiento contable de los elementos en las cuentas anuales.

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