NIA-ES 260

Artículo A24. NIA-ES 260 — Párrafo A24

Texto Legal

Entre las circunstancias en las que el auditor está obligado a incluir información adicional
en el informe de auditoría de conformidad con las NIA, o puede considerarlo necesario
por algún otro motivo, y en las que se requiere comunicación con los responsables del
gobierno de la entidad, están:
• Cuando el auditor tenga previsto expresar una opinión modificada en el informe de
auditoría, de conformidad con la NIA 705 (Revisada)16.
• Cuando el informe de auditoría mencione una incertidumbre material relacionada
con la empresa en funcionamiento de conformidad con la NIA 570 (Revisada)17.
• Cuando se comuniquen cuestiones clave de la auditoría de conformidad con la NIA

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A24 del NIA-ES 260?

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