NIA-ES 260

Artículo A28. NIA-ES 260 — Párrafo A28

Texto Legal

Aunque no haya sido tratado en los requerimientos de los apartados 16(a)-(d) y en la
correspondiente guía de aplicación, el auditor puede considerar comunicar sobre otras
cuestiones discutidas, o consideradas por el revisor de la calidad del encargo cuando este
se haya nombrado.
La independencia del auditor (Ref: Apartados 17-18)
Véanse notas aclaratorias a los apartados 17-18 de esta Norma.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A28 del NIA-ES 260?

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