NIA-ES 260

Artículo A39. NIA-ES 260 — Párrafo A39

Texto Legal

El proceso de comunicación variará según las circunstancias, entre ellas la dimensión y la
estructura de gobierno de la entidad, el modo en el que los responsables del gobierno de
la entidad actúan y la opinión del auditor sobre la significatividad de las cuestiones a
comunicar. La existencia de dificultad para establecer una comunicación recíproca puede
indicar que la comunicación entre el auditor y los responsables del gobierno de la entidad
no es adecuada para los fines de la auditoría (véase el apartado A52).
Consideraciones específicas para entidades de pequeña dimensión

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A39 del NIA-ES 260?

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