El auditor identificará los riesgos de incorrección material y determinará si existen: (Ref:
Apartados A186-A192)
(a) en los estados financieros (Ref: Apartados A193-A200) o
(b) en las afirmaciones sobre determinados tipos de transacciones saldos contables e
información a revelar. (Ref: Apartado A201)
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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