NIA-ES 315

Artículo 38. NIA-ES 315 — Párrafo 38

Texto Legal

El auditor incluirá en la documentación de auditoría13: (Ref: Apartados A237-A241)
(a) los resultados de la discusión entre los miembros del equipo del encargo, así como
las decisiones significativas que se tomaron;
(b) los elementos clave del conocimiento del auditor de conformidad con los apartados
19, 21, 22, 24 y 25; las fuentes de información de las que el auditor obtuvo ese
conocimiento y los procedimientos de valoración del riesgo aplicados;

NIA 230, Documentación de auditoría, apartados 8-11 y A6-A7.

15 NIA-ES 315 (REVISADA 2019)
IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DEL RIESGO DE INCORRECCIÓN MATERIAL

(c) la evaluación del diseño de los controles identificados y la determinación de si dichos
controles han sido implementados, de conformidad con los requerimientos del
apartado 26; y
(d) los riesgos de incorrección material en los estados financieros y en las afirmaciones
identificados y valorados, incluidos los riesgos significativos y los riesgos para los
cuales los procedimientos sustantivos por sí solos no pueden proporcionar evidencia
de auditoría suficiente y adecuada, y el fundamento de los juicios significativos
aplicados.
*

Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas
Definiciones (Ref: Apartado 12)
Afirmaciones (Ref: Apartado 12(a))

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 38 del NIA-ES 315?

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