NIA-ES 315

Artículo 7. NIA-ES 315 — Párrafo 7

Texto Legal

El proceso de identificación y valoración de los riesgos por el auditor es iterativo y
dinámico. El conocimiento por el auditor de la entidad y su entorno, el marco de
información financiera aplicable y el sistema de control interno son interdependientes
con conceptos incluidos en los requerimientos de identificación y valoración de los riesgos
de incorrección material. En la obtención de conocimiento requerida por esta NIA se
pueden desarrollar expectativas iniciales de riesgos, las cuales pueden ser afinadas a
medida que el auditor progresa en el proceso de identificación y valoración de riesgos.
Además, esta NIA y la NIA 330 requieren que el auditor revise las valoraciones de riesgo,
y modifique las respuestas globales posteriores y los procedimientos posteriores de
auditoría, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida de la aplicación de
procedimientos posteriores de auditoría de conformidad con la NIA 330, o en caso de
obtener nueva información.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del NIA-ES 315?

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