Independientemente de si el auditor tiene previsto comprobar la eficacia operativa de los
controles que responden a riesgos significativos, el conocimiento obtenido acerca del
enfoque de la dirección para responder a esos riesgos puede proporcionar una base para
el diseño y aplicación de procedimientos sustantivos que respondan a riesgos
NIA 240, apartado A28.
NIA-ES 315 (REVISADA 2019) 52
IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DEL RIESGO DE INCORRECCIÓN MATERIAL
significativos como lo requiere la NIA 33040. Si bien a menudo es menos probable que los
riesgos relacionados con cuestiones significativas no rutinarias o que requieren la
aplicación de juicio estén sujetos a controles rutinarios, la dirección puede tener otras
respuestas cuya finalidad es tratar dichos riesgos. En consecuencia, el conocimiento por
el auditor de si la entidad ha diseñado e implementado controles para los riesgos
significativos derivados de cuestiones no rutinarias o que requieren la aplicación de juicio
puede incluir conocer si la dirección responde a dichos riesgos y el modo en que lo hace.
Dichas respuestas pueden incluir lo siguiente:
• Controles tales como la revisión de hipótesis por la alta dirección o por expertos.
• Procesos documentados para las estimaciones contables.
• Aprobación por los responsables del gobierno de la entidad.
Ejemplo:
Cuando se producen hechos únicos como la recepción de la notificación de una
demanda significativa, la consideración de la respuesta de la entidad puede incluir
cuestiones tales como si se ha remitido a los expertos adecuados (como los asesores
jurídicos internos o externos), si se ha realizado una valoración de su efecto potencial,
y el modo en que se propone que las circunstancias se revelen en los estados
financieros.
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