A efectos de esta NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran a
continuación:
(a) Registros contables – Registros de asientos contables iniciales y documentación de
soporte, tales como cheques y registros de transferencias electrónicas de fondos;
facturas; contratos; libros principales y libros auxiliares; asientos en el libro diario y
otros ajustes de los estados financieros que no se reflejen en asientos en el libro
diario; y registros tales como hojas de trabajo y hojas de cálculo utilizadas para la
imputación de costes, cálculos, conciliaciones e información a revelar.
NIA 315 (Revisada 2019), Identificación y valoración del riesgo de incorrección material.
NIA 570 (Revisada), Empresa en funcionamiento.
NIA 520, Procedimientos analíticos.
NIA 200, Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con
las Normas Internacionales de Auditoría.
NIA 330, Respuestas del auditor a los riesgos valorados.
3 NIA-ES 500
EVIDENCIA DE AUDITORÍA
(b) Adecuación (de la evidencia de auditoría) – Medida cualitativa de la evidencia de
auditoría, es decir, su relevancia y fiabilidad para respaldar las conclusiones en las
que se basa la opinión del auditor.
(c) Evidencia de auditoría – Información utilizada por el auditor para alcanzar las
conclusiones en las que basa su opinión. La evidencia de auditoría incluye tanto la
información contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados
financieros, como información obtenida de otras fuentes.
(d) Fuente de información externa – Una persona u organización externa que
proporciona información que ha sido utilizada por la entidad en la preparación de los
estados financieros o que ha sido obtenida por el auditor como evidencia de
auditoría, cuando dicha información es adecuada para su uso por un amplio rango
de usuarios. Cuando la información haya sido proporcionada por una persona u
organización que actúe en calidad de experto de la dirección, organización de
servicios6 o experto del auditor7, la persona u organización no se considera una
fuente de información externa en relación con esa información concreta. (Ref:
Apartados A1-A4)
(e) Experto de la dirección – Persona u organización especializada en un campo distinto
al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese ámbito se utiliza por la entidad
para facilitar la preparación de los estados financieros.
(f) Suficiencia (de la evidencia de auditoría) – Medida cuantitativa de la evidencia de
auditoría. La cantidad de evidencia de auditoría necesaria depende de la valoración
del auditor del riesgo de incorrección material, así como de la calidad de dicha
evidencia de auditoría.
Requerimientos
Evidencia de auditoría suficiente y adecuada
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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