El auditor puede necesitar cumplir obligaciones legales adicionales, aunque haya
notificado a la dirección que no publique los estados financieros y la dirección haya
accedido a la solicitud.
NIA 210, Acuerdo de los términos del encargo de auditoría, apartado A24.
11 NIA-ES 560
HECHOS POSTERIORES AL CIERRE
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