En algunos casos, la dirección puede incluir en las manifestaciones escritas un lenguaje
limitativo, en el sentido de que las manifestaciones se realizan según su leal saber y
entender. Es razonable que el auditor acepte dicha redacción cuando tenga el
convencimiento de que las manifestaciones se realizan por quienes tienen las
responsabilidades y los conocimientos adecuados sobre las cuestiones incluidas en las
manifestaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo