NIC 19

Artículo 104B. 104B

Texto Legal

104B
A veces, la entidad puede requerir a un tercero, tal como un asegurador, el pago de
una parte o la totalidad del desembolso requerido para cancelar una obligación por
beneficios definidos. Las pólizas de seguro aptas, tal como han sido definidas en el
párrafo 7, son activos del plan. La entidad contabilizará tales pólizas aptas de la
misma forma que todos los demás activos del plan, y no aplicará el párrafo 104A
(véanse los párrafos 39 a 42 y 104).

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 104B del NIC 19?

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