NIC 19

Artículo 1237. 1237

Texto Legal

1237
NIC 19
algunos o todos los beneficios pagaderos dentro del plan, se considerará que el valor
razonable de esas pólizas de seguro es igual al valor presente de las obligaciones de
pago conexas, como se describe en el párrafo 54 (lo cual estará sujeto a cualquier
eventual reducción que se requiera si los importes a recibir en virtud de las pólizas de
seguro no son totalmente recuperables).

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1237 del NIC 19?

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