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La NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes requiere que la
entidad revele información sobre algunos pasivos contingentes. En el contexto de un
plan multi-patronal puede surgir un pasivo contingente a causa de, por ejemplo:
(a)
pérdidas actuariales relacionadas con otras entidades participantes porque cada
una de las entidades que participan en el plan comparte los riesgos actuariales
de las demás; o
(b)
cualquier responsabilidad asumida, según los términos del plan, para financiar
los déficits en el caso de que otras entidades dejan de participar.
Los planes multi-patronales son diferentes de los planes administrados
colectivamente. Un plan administrado colectivamente es una mera agregación de
planes individuales, combinados para permitir que las entidades participantes
combinen sus activos a la hora de realizar inversiones, y reduzcan los costos de su
administración y gestión, pero los reclamos de los distintos empleadores se
mantienen segregados en beneficio exclusivo de sus propios empleados. Los planes
administrados colectivamente no plantean problemas contables particulares porque la
información para tratarlos como otros planes individuales está siempre disponible, y
porque tales planes no exponen a las entidades participantes a los riesgos actuariales
asociados con empleados activos o retirados de otras entidades. Las definiciones
ofrecidas en esta Norma requieren que una entidad clasifique a un plan administrado
colectivamente como un plan de aportaciones definidas o de beneficios definidos, de
acuerdo con sus condiciones (teniendo en cuenta cualquier obligación implícita de la
entidad que vaya más allá de los términos formales pactados).
Anterior
Art. 32A. En esos casos, una entidad contabilizará el plan como si fuera de aportaciones
Siguiente
Art. 34. Planes de beneficios definidos donde se comparten los
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