NIC 19

Artículo 78. Suposiciones actuariales: tasa de descuento

Texto Legal

Suposiciones actuariales: tasa de descuento
78
La tasa utilizada para descontar las obligaciones de beneficios post-empleo
(tanto dotadas como no dotadas) se determinará utilizando como referencia los
rendimientos del mercado, al final del periodo sobre el que se informa,
correspondientes a las emisiones de bonos u obligaciones empresariales de alta
calidad. En los países donde no exista un mercado amplio para tales títulos, se
utilizará el rendimiento (al final del periodo sobre el que se informa) de los
bonos emitidos por el gobierno. En cualquier caso, tanto la moneda como el
plazo de los bonos empresariales o gubernamentales se corresponderán con la
moneda y el plazo de pago estimado para el pago de las obligaciones por
beneficios post-empleo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 78 del NIC 19?

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