NIC 36

Artículo 1701. 1701

Texto Legal

1701
NIC 36
4

Esta Norma es de aplicación a los activos financieros clasificados como:
(a)

subsidiarias, según se definen en la NIC 27 Estados Financieros Consolidados
y Separados;

(b)

asociadas, según se definen en la NIC 28 Inversiones en Asociadas; y

(c)

negocios conjuntos, según se definen en la NIC 31 Participaciones en
Negocios Conjuntos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1701 del NIC 36?

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