NIC 36

Artículo 1713. 1713

Texto Legal

1713
NIC 36
acuerdo con otra Norma (por ejemplo de acuerdo con el modelo de revaluación
previsto en la NIC 16). Cualquier pérdida por deterioro del valor, en los activos
revaluados, se tratará como un decremento de la revaluación efectuada de
acuerdo con esa otra Norma.
61

Una pérdida por deterioro del valor asociada a un activo no revaluado se reconocerá
en el resultado del periodo. Sin embargo, una pérdida por deterioro del valor de un
activo revaluado se reconocerá en otro resultado integral, en la medida en que el
deterioro de valor no exceda el importe del superávit de revaluación para ese activo.
Esta pérdida por deterioro del valor correspondiente a un activo revaluado reduce el
superávit de revaluación de ese activo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1713 del NIC 36?

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