NIC 36

Artículo 80. Plusvalía

Texto Legal

Plusvalía
Asignación de la plusvalía a las unidades generadoras de efectivo
80
Para el propósito de comprobar el deterioro del valor, la plusvalía adquirida en
una combinación de negocios se distribuirá, desde la fecha de adquisición, entre
cada una de las unidades generadoras de efectivo o grupos de unidades
generadoras de efectivo de la entidad adquirente, que se espere se beneficiarán
de las sinergias de la combinación de negocios, independientemente de que otros
activos o pasivos de la entidad adquirida se asignen a esas unidades o grupos de
unidades. Cada unidad o grupo de unidades entre las que se distribuya la
plusvalía:
(a)

representará el nivel más bajo, dentro de la entidad, al que se controla la
plusvalía a efectos de gestión interna; y

(b)

no será mayor que un segmento de operación determinado de acuerdo con
la NIIF 8 Segmentos de Operación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 80 del NIC 36?

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