Alcance
1
Esta Norma debe ser aplicada por todas las entidades, al proceder a contabilizar
sus provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes, excepto:
(a)
aquéllos que se deriven de contratos pendientes de ejecución, excepto
cuando el contrato es oneroso; y
(b)
[eliminado]
(c)
aquéllos de los que se ocupe alguna otra Norma.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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