Tratamiento contable de la corrección de errores de periodos anteriores.
Corrección de Errores
NIC 8 (párrafos 41-49): Los errores de periodos anteriores son omisiones e inexactitudes en los estados financieros de una entidad, para uno o más periodos anteriores, resultantes de un fallo al emplear o de un error al utilizar información fiable que estaba disponible. La entidad corregirá los errores materiales de periodos anteriores de forma retroactiva, reexpresando la información comparativa.
PGC — NRV 22ª:
"Cuando se produzca la subsanación de errores relativos a ejercicios anteriores, se aplicará de forma retroactiva y su efecto se calculará desde el ejercicio más antiguo para el que se disponga de información.
El ingreso o gasto correspondiente a ejercicios anteriores que se derive de dicha subsanación motivará, en el ejercicio en que se identifique el error, el correspondiente ajuste por el efecto acumulado de las variaciones de los activos y pasivos, el cual se imputará directamente en el patrimonio neto, en concreto, en una partida de reservas."
CONVERGENCIA:
Ambos marcos exigen corrección retroactiva. El PGC imputa el ajuste a reservas, consistente con su tratamiento de cambios de criterios.
Nivel de convergencia: SUSTANCIAL
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