15 Un inversor está expuesto, o tiene derecho, a rendimientos variables procedentes de su implicación en la
participada cuando los rendimientos del inversor procedentes de dicha implicación tienen el potencial de
variar como consecuencia del rendimiento de la participada. Los rendimientos del inversor pueden solo ser
positivos, solo negativos o ambos, positivos y negativos.
16 Aunque solo un inversor puede controlar una participada, más de una parte puede compartir el rendimiento
de la participada. Por ejemplo, tenedores de participaciones no controladoras pueden compartir las
ganancias o distribuciones de una participada.
Vinculación entre poder y rendimiento
Anterior
Art. 10. 10 Un inversor tiene poder sobre una participada cuando éste posee derechos que le otorgan la capacidad
Siguiente
Art. 17. 17 Un inversor controla una participada si el inversor no tiene solo poder sobre la participada y exposición o
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo