Detalla las reglas para el registro contable de las operaciones fiscales, incluyendo los metodos de registro, los plazos, la identificacion de partidas y la conciliacion entre registros contables y declaraciones.
El registro contable debera realizarse de manera analitica, permitiendo la identificacion de cada operacion con:
I. El CFDI o documento comprobatorio correspondiente.
II. La cuenta contable en que se registra.
III. El efecto en el debe o haber de la cuenta.
Las operaciones deberan registrarse dentro del mes siguiente a la fecha en que se realicen, de forma que se mantenga actualizada la contabilidad.
Las partidas no deducibles para efectos fiscales deberan registrarse en cuentas de orden o cuentas especiales que permitan su identificacion separada.
Los contribuyentes deberan elaborar una conciliacion entre el resultado contable y el resultado fiscal del ejercicio, identificando las partidas que generan diferencias.
Las operaciones en moneda extranjera deberan registrarse al tipo de cambio vigente en la fecha de su realizacion. Las fluctuaciones cambiarias deberan registrarse conforme a las normas contables aplicables.
Las polizas contables (de ingreso, egreso y diario) deberan contener la referencia al documento comprobatorio y estar firmadas o autorizadas por el responsable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El registro contable oportuno y ordenado es esencial para la defensa fiscal. SDV destaca que el plazo de un mes para registrar operaciones debe cumplirse estrictamente, ya que un registro extemporaneo puede ser utilizado por la autoridad como indicio de irregularidades. La conciliacion contable-fiscal es un documento clave en cualquier auditoria.
Art. 21. Obligacion de llevar contabilidad
Establece las reglas generales para el cumplimiento de la obligacion de llevar contabilidad, definiendo el concepto de contabilidad para efectos fiscales y los sistemas, registros y metodos contables que deben utilizar los contribuyentes.
Art. 22. Documentacion comprobatoria de operaciones
Reglamenta los requisitos que debe cumplir la documentacion comprobatoria de las operaciones registradas en la contabilidad, incluyendo los CFDI, los estados de cuenta y los contratos como soporte documental.
Art. 25. Contabilidad electronica y envio mensual
Reglamenta la obligacion de llevar contabilidad en medios electronicos y realizar el envio mensual de informacion contable al SAT, incluyendo la balanza de comprobacion, el catalogo de cuentas y las polizas del periodo.
Anterior
Art. 22. Documentacion comprobatoria de operaciones
Siguiente
Art. 24. Inventarios y metodos de valuacion
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo