Reglamenta el procedimiento y los limites para la presentacion de declaraciones complementarias, incluyendo los supuestos en que pueden presentarse, el numero maximo permitido y los efectos fiscales de la correccion.
Los contribuyentes podran presentar declaraciones complementarias para:
I. Modificar los datos de declaraciones previamente presentadas.
II. Incluir obligaciones que se hubieran omitido.
III. Corregir errores aritmeticos, de calculo o de clasificacion.
Los contribuyentes podran presentar hasta 3 declaraciones complementarias por cada obligacion y periodo, salvo cuando se trate de:
I. Errores aritmeticos: sin limite de complementarias.
II. Modificaciones derivadas del ejercicio de facultades de comprobacion: sin limite.
La declaracion complementaria sustituye a la anterior. Los efectos fiscales se determinan conforme a la ultima declaracion presentada.
Cuando la declaracion complementaria genere un saldo a cargo adicional, el contribuyente debera cubrir las diferencias con actualizacion y recargos.
No existe plazo maximo para la presentacion de declaraciones complementarias, siempre que no hayan prescrito las obligaciones fiscales correspondientes.
La presentacion de una declaracion complementaria despues de notificado un credito fiscal no constituye pago espontaneo y no elimina las multas impuestas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las declaraciones complementarias son una herramienta esencial para corregir errores, pero estan limitadas a 3 por obligacion y periodo. SDV recomienda preparar cada complementaria con sumo cuidado para evitar agotar el limite innecesariamente. Es importante recordar que la complementaria sustituye a la anterior, por lo que debe contener la informacion completa y correcta del periodo.
Art. 31. Presentacion de declaraciones fiscales
Reglamenta los requisitos, plazos y medios para la presentacion de declaraciones fiscales, tanto de pago como informativas, estableciendo las reglas para su envio electronico y los efectos de la presentacion extemporanea.
Art. 33. Declaracion anual del ejercicio fiscal
Reglamenta los requisitos y plazos para la presentacion de la declaracion anual del ejercicio fiscal, tanto para personas fisicas como morales, incluyendo la informacion que debe contener y los medios de presentacion.
Art. 35. Avisos y declaraciones informativas
Reglamenta la presentacion de avisos y declaraciones informativas que los contribuyentes estan obligados a presentar ante el SAT, incluyendo los plazos, formatos y medios de envio aplicables.
Anterior
Art. 31. Presentacion de declaraciones fiscales
Siguiente
Art. 33. Declaracion anual del ejercicio fiscal
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo