Reglamenta los supuestos en que terceros distintos al contribuyente estan obligados a determinar y enterar contribuciones, incluyendo notarios, corredores, instituciones de credito y otros auxiliares de la administracion.
Los notarios y corredores publicos estan obligados a:
I. Calcular y enterar el ISR por enajenacion de bienes inmuebles por cuenta del enajenante.
II. Verificar que el enajenante se encuentre inscrito en el RFC.
III. Recabar y conservar la documentacion que soporte el calculo del impuesto.
IV. Proporcionar al SAT la informacion de las operaciones en las que intervengan.
Las instituciones de credito estan obligadas a:
I. Retener y enterar el ISR por los intereses pagados a sus clientes.
II. Proporcionar constancias anuales de retenciones.
III. Reportar al SAT las operaciones que rebasen los limites establecidos por la ley.
Los administradores de fondos de inversion deberan:
I. Calcular y retener el ISR por las ganancias distribuidas.
II. Proporcionar estados de cuenta con la informacion fiscal relevante.
Los terceros que omitan determinar o enterar correctamente las contribuciones seran responsables solidarios del pago correspondiente.
Los terceros deberan proporcionar al contribuyente toda la informacion necesaria para que este cumpla con sus obligaciones fiscales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las disposiciones sobre la caducidad de las facultades de comprobacion son fundamentales para la defensa fiscal. SDV verifica sistematicamente que la autoridad no ejerza sus facultades fuera del plazo de 5 anos (o 10 anos en ciertos supuestos). La caducidad opera de pleno derecho y es un argumento contundente para anular actos de la autoridad fuera de tiempo.
Art. 41. Pago de contribuciones federales
Reglamenta los medios y procedimientos para el pago de contribuciones federales, incluyendo el pago electronico a traves de instituciones de credito autorizadas, los recibos de pago y los efectos del pago extemporaneo.
Art. 47. Responsabilidad solidaria en el pago de contribuciones
Reglamenta los supuestos de responsabilidad solidaria en el pago de contribuciones, identificando las personas que pueden ser responsables solidarios y el procedimiento para hacerles exigible el pago.
Art. 49. Obligaciones de los retenedores
Reglamenta las obligaciones especificas de los retenedores de contribuciones, incluyendo el calculo, la retencion, el entero y la informacion que deben proporcionar tanto al contribuyente como a las autoridades fiscales.
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Art. 49. Obligaciones de los retenedores
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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