Detalla el procedimiento que deben seguir las autoridades fiscales para imponer multas, incluyendo la fundamentacion, motivacion, el derecho de audiencia del infractor y los plazos para la resolucion.
Toda multa impuesta por la autoridad fiscal debera estar debidamente fundada y motivada, indicando:
I. La disposicion legal que tipifica la infraccion.
II. Los hechos u omisiones que configuran la infraccion.
III. La disposicion que establece la sancion aplicable.
IV. Los criterios utilizados para determinar el monto de la multa dentro del rango previsto.
Antes de imponer la multa, la autoridad debera conceder al infractor la oportunidad de manifestar lo que a su derecho convenga mediante:
I. Notificacion del inicio del procedimiento sancionador.
II. Otorgamiento de un plazo de 15 dias habiles para ofrecer pruebas y formular alegatos.
La autoridad emitira la resolucion que imponga la multa dentro de los 3 meses siguientes a la conclusion del plazo de audiencia.
La resolucion que imponga la multa debera notificarse personalmente o por buzon tributario al infractor.
La multa impuesta podra impugnarse mediante recurso de revocacion o juicio de nulidad dentro de los plazos legales.
Las facultades de la autoridad para imponer multas prescriben en los mismos plazos que las facultades para determinar contribuciones omitidas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo sobre los criterios para la imposicion de multas establece que la autoridad debe considerar la capacidad economica del infractor y la gravedad de la omision. SDV utiliza estos criterios para solicitar que la multa se imponga en su monto minimo cuando las circunstancias lo justifiquen. La argumentacion adecuada puede reducir significativamente el impacto economico de las sanciones.
Art. 76. Infracciones relacionadas con obligaciones fiscales
Reglamenta las infracciones y sanciones aplicables por incumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo la clasificacion de infracciones, los criterios para la imposicion de multas y las circunstancias atenuantes y agravantes.
Art. 80. Reduccion y condonacion de multas
Reglamenta los procedimientos y requisitos para solicitar la reduccion o condonacion de multas fiscales, incluyendo los porcentajes de reduccion aplicables y las condiciones que debe cumplir el contribuyente para beneficiarse.
Art. 83. Reincidencia en infracciones fiscales
Reglamenta el concepto de reincidencia en la comision de infracciones fiscales, estableciendo los criterios para su determinacion, los efectos en el monto de las multas y los periodos de referencia.
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