RCFF

Artículo 84. Clausura temporal de establecimientos

Reglamenta el procedimiento de clausura temporal de establecimientos como sancion por la comision de infracciones graves o reincidentes, incluyendo los supuestos, la duracion y el procedimiento de levantamiento.

clausuraestablecimientosinfraccionessellossancion

Texto Legal

Articulo 84 — Clausura de Establecimientos

Procedencia

La autoridad fiscal podra decretar la clausura temporal del establecimiento del contribuyente cuando:

I. Sea reincidente en la comision de infracciones relacionadas con la expedicion de comprobantes fiscales.

II. No cuente con los controles volumetricos requeridos tratandose de enajenacion de combustibles.

III. Incumpla reiteradamente con las obligaciones de registro ante el RFC.

Duracion

La clausura temporal tendra una duracion de 3 a 15 dias habiles, dependiendo de la gravedad de la infraccion y los antecedentes del contribuyente.

Procedimiento

I. La autoridad emitira una orden de clausura fundada y motivada.

II. Se notificara personalmente al contribuyente.

III. Se colocaran sellos oficiales de clausura en el establecimiento.

IV. Se levantara acta circunstanciada de la diligencia.

Levantamiento

La clausura se levantara cuando:

I. Transcurra el plazo establecido.

II. El contribuyente acredite haber subsanado las irregularidades y garantice el cumplimiento futuro.

Impugnacion

La orden de clausura podra impugnarse mediante recurso de revocacion o juicio de nulidad. La interposicion del medio de defensa no suspendera la ejecucion de la clausura, salvo que se obtenga la suspension.

Violacion de sellos

La violacion de los sellos de clausura constituira una infraccion autonoma sancionada con multa adicional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo sobre la acumulacion de multas es relevante cuando el contribuyente enfrenta multiples infracciones. SDV evalua el impacto total de las multas acumuladas para determinar la estrategia mas conveniente: pago con reduccion, autocorreccion, condonacion o impugnacion. En muchos casos, la negociacion integral produce mejores resultados que la defensa individual de cada multa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del RCFF?

Reglamenta el procedimiento de clausura temporal de establecimientos como sancion por la comision de infracciones graves o reincidentes, incluyendo los supuestos, la duracion y el procedimiento de levantamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84 de la Reglamento CFF?

Este articulo sobre la acumulacion de multas es relevante cuando el contribuyente enfrenta multiples infracciones. SDV evalua el impacto total de las multas acumuladas para determinar la estrategia mas conveniente: pago con reduccion, autocorreccion, condonacion o impugnacion. En muchos casos, la negociacion integral produce mejores resultados que la defensa individual de cada multa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 84 del RCFF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 84 RCFF desde tu celular