RCFF

Artículo 96. Procedimiento de notificacion personal

Detalla el procedimiento que debe seguir el notificador para practicar la notificacion personal de actos administrativos fiscales, incluyendo los requisitos de identificacion, el citatorio previo y el levantamiento del acta.

notificacion-personalcitatorioactanotificador

Texto Legal

Articulo 96 — Notificacion Personal

Procedimiento

La notificacion personal se practicara de la siguiente forma:

I. El notificador se constituira en el domicilio fiscal del contribuyente.

II. Se identificara ante la persona con quien se entienda la diligencia.

III. Entregara copia del acto administrativo que se notifica.

IV. Levantara acta circunstanciada de la diligencia.

Citatorio previo

Si al presentarse el notificador no se encontrare al contribuyente o su representante, se dejara citatorio en el domicilio para que espere a una hora fija del dia habil siguiente. Si no atiende el citatorio, la notificacion se practicara con quien se encuentre en el domicilio.

Requisitos del acta

El acta de notificacion debera contener:

I. Lugar, fecha y hora de la diligencia.

II. Nombre de la persona con quien se entendio.

III. Descripcion de las circunstancias de la diligencia.

IV. Firma del notificador y de la persona con quien se entendio, o la razon por la que no firmo.

Negativa a recibir

Si la persona con quien se entiende la diligencia se niega a recibir la notificacion, el notificador hara constar esta circunstancia en el acta y la notificacion se tendra por legalmente practicada.

Identificacion del notificador

El notificador debera contar con constancia de identificacion vigente expedida por la autoridad fiscal. La falta de identificacion vicia la notificacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La notificacion personal es la forma mas garantista de notificacion y sus formalidades deben cumplirse estrictamente. SDV verifica que el notificador se haya identificado correctamente, que se haya dejado citatorio cuando aplique, y que el acta este debidamente circunstanciada. Cualquier irregularidad en la notificacion personal puede dar lugar a su nulidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del RCFF?

Detalla el procedimiento que debe seguir el notificador para practicar la notificacion personal de actos administrativos fiscales, incluyendo los requisitos de identificacion, el citatorio previo y el levantamiento del acta.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 96 de la Reglamento CFF?

La notificacion personal es la forma mas garantista de notificacion y sus formalidades deben cumplirse estrictamente. SDV verifica que el notificador se haya identificado correctamente, que se haya dejado citatorio cuando aplique, y que el acta este debidamente circunstanciada. Cualquier irregularidad en la notificacion personal puede dar lugar a su nulidad.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 96 del RCFF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 96 RCFF desde tu celular