Reg_Diputados

Artículo 146. Instalacion de comisiones

Las comisiones deben instalarse dentro de los quince días hábiles posteriores a su aprobación. Esto garantiza que las comisiones comiencen a trabajar de manera oportuna.

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Texto Legal

1. Las comisiones o comités deberán instalarse dentro de los quince días hábiles posteriores a la aprobación del acuerdo que las conforma.

2. Para convocar a la Reunión de instalación, los diputados y diputadas que integran la Junta Directiva de la comisión o comité, deberán acordar la fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo. El Presidente de la Junta Directiva deberá emitir la convocatoria respectiva. Si el Presidente no convocara, en el plazo establecido en el numeral anterior, se podrá emitir con la firma de la mayoría de los secretarios de la Junta Directiva. Numeral reformado DOF 20-04-2011

3. Los acuerdos de las comisiones serán suscritos por la mayoría de los integrantes presentes en la Reunión, en tanto que los acuerdos de la Junta Directiva serán suscritos por la mayoría.

4. Las comisiones o comités se reunirán, cuando menos, una vez al mes, aún en los recesos.

REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-05-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

5. Las comisiones que conozcan de una iniciativa preferente durante el primer periodo de sesiones del primer año de la legislatura, deberán instalarse como tiempo máximo en la segunda sesión ordinaria de la legislatura. Numeral adicionado DOF 31-12-2012

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La instalación oportuna de comisiones es vital para el avance legislativo, y los diputados deben estar atentos a los plazos establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 146 del Reg_Diputados?

Las comisiones deben instalarse dentro de los quince días hábiles posteriores a su aprobación. Esto garantiza que las comisiones comiencen a trabajar de manera oportuna.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 146 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] La instalación oportuna de comisiones es vital para el avance legislativo, y los diputados deben estar atentos a los plazos establecidos.

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