Las reuniones de las comisiones son la máxima instancia de decisión y requieren quórum para su validez. En caso de no alcanzarse el quórum, se levantará un acta para certificar la asistencia.
1. La Reunión de la comisión será la máxima instancia de decisión.
2. Para que exista Reunión de comisión, se requerirá la integración del quórum.
3. En caso de que transcurran treinta minutos después de la hora convocada y no se haya integrado el quórum, el Presidente levantará acta para certificar los asistentes.
4. Las resoluciones o dictámenes deberán adoptarse por mayoría simple.
REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-05-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
5. Si a una Reunión no concurre el Presidente de la Junta Directiva, la Secretaría de ésta acordará quien presida la Reunión, en términos de lo dispuesto por el artículo 151, numeral 1, fracción III. Numeral reformado DOF 20-04-2011
6. Las comisiones no podrán reunirse al mismo tiempo que sesione el Pleno de la Cámara, salvo anuencia expresa de la Junta.
Sección Novena Carácter de las Reuniones
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los miembros de la comisión estén al tanto de la necesidad de quórum para evitar la invalidación de decisiones. Mantener una buena comunicación puede facilitar la asistencia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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