El Presidente de la Cámara es el encargado de la representación protocolaria en diplomacia parlamentaria, con posibilidad de delegar funciones. Este artículo asegura que la representación sea clara y organizada.
1. La representación protocolaria de la Cámara en el ámbito de la diplomacia parlamentaria, corresponde al Presidente, de acuerdo al numeral 2 del artículo 22 de la Ley. En su caso, las representaciones protocolarias de la Cámara podrán ser delegadas por el propio Presidente hacia uno de los Vicepresidentes, o hacia los Secretarios de la Mesa Directiva. Artículo reformado DOF 14-04-2017
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los diputados deben estar al tanto de quién representa a la Cámara en eventos internacionales, ya que esto puede influir en la percepción de la institución. La delegación de funciones puede ser una herramienta útil para optimizar recursos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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