Reg_Diputados

Artículo 284 Bis. Sistema de Evaluación de Diputados

La Cámara de Diputados contará con un Sistema de Evaluación que valorará el desempeño legislativo de sus integrantes. Este sistema busca mejorar la transparencia y la rendición de cuentas en el trabajo legislativo.

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Texto Legal

1. La Cámara de Diputados contará con un Sistema de Evaluación de Diputados que tendrá como objeto, valorar el desempeño del trabajo legislativo de todas las diputadas y los diputados integrantes de la legislatura. Artículo adicionado DOF 08-05-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este sistema es fundamental para fomentar la responsabilidad de los diputados. Es recomendable que los contadores y abogados estén al tanto de los criterios de evaluación para asesorar adecuadamente a sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 284 Bis del Reg_Diputados?

La Cámara de Diputados contará con un Sistema de Evaluación que valorará el desempeño legislativo de sus integrantes. Este sistema busca mejorar la transparencia y la rendición de cuentas en el trabajo legislativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 284 Bis de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] Este sistema es fundamental para fomentar la responsabilidad de los diputados. Es recomendable que los contadores y abogados estén al tanto de los criterios de evaluación para asesorar adecuadamente a sus clientes.

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