El Pleno puede decretar sesiones solemnes para conmemorar eventos o reconocer méritos. La organización de estas sesiones se define en el acuerdo correspondiente.
1. El Pleno, a propuesta de la Junta, podrá decretar o acordar la celebración de sesiones solemnes para:
I. Conmemorar sucesos históricos o efemérides,
II. Reconocer pública y solemnemente los méritos de personajes,
III. Recibir a visitantes distinguidos, delegaciones parlamentarias o invitados especiales, y
IV. Realizar actos protocolarios o diplomáticos.
2. El formato de las sesiones solemnes y su organización se establecerán en el decreto o acuerdo que les de origen.
Sección Quinta Sesiones Permanentes
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las sesiones solemnes son una oportunidad para fortalecer la imagen institucional. Los diputados deben participar activamente en estos eventos para maximizar su impacto.
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