RISAT

Artículo 15. Competencia de la Administracion General Juridica

Define las facultades de la AGJ, incluyendo la defensa juridica del fisco federal, la emision de criterios normativos, la resolucion de consultas fiscales y la representacion del SAT en juicios contencioso-administrativos y amparos.

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Texto Legal

Articulo 15 - Administracion General Juridica

Compete a la Administracion General Juridica el ejercicio de las siguientes facultades:

Defensa juridica del fisco

- I. Representar al Secretario de Hacienda y Credito Publico y al Jefe del SAT en los juicios de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), en los juicios de amparo y en cualquier otro procedimiento jurisdiccional en que el SAT sea parte.
- II. Interponer los recursos legales que procedan en defensa del interes del fisco federal.
- III. Elaborar y presentar contestaciones de demanda, alegatos, recursos de revision y demas promociones necesarias en los procedimientos jurisdiccionales.

Criterios normativos

- IV. Proponer al Jefe del SAT los criterios normativos que deban regir la actuacion de las unidades administrativas del SAT en la interpretacion y aplicacion de las disposiciones fiscales y aduaneras.
- V. Compilar y publicar los criterios normativos aprobados para conocimiento de los contribuyentes y servidores publicos del SAT.
- VI. Resolver las consultas fiscales que formulen los contribuyentes conforme al articulo 34 del Codigo Fiscal de la Federacion.

Recursos administrativos

- VII. Resolver los recursos de revocacion que interpongan los contribuyentes contra actos de las unidades administrativas del SAT, salvo aquellos que correspondan a la AGGC.
- VIII. Tramitar y resolver los recursos de revision previstos en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Asesoria juridica interna

- IX. Asesorar juridicamente a las unidades administrativas del SAT en la emision de sus actos.
- X. Revisar la legalidad de los actos administrativos que emitan las demas unidades del SAT, cuando le sea solicitado.
- XI. Participar en la elaboracion de proyectos de leyes, reglamentos, decretos y demas disposiciones juridicas en materia fiscal y aduanera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La AGJ es la administracion que defiende al SAT en juicios. Cuando un contribuyente demanda la nulidad de un credito fiscal ante el TFJA o promueve un juicio de amparo, es la AGJ (o la AGGC en el caso de grandes contribuyentes) quien contesta la demanda y defiende la legalidad del acto. Los criterios normativos del SAT, aunque no son vinculantes para los tribunales, orientan la actuacion de los funcionarios del SAT y dan certeza a los contribuyentes sobre la interpretacion oficial de las normas fiscales.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del RISAT?

Define las facultades de la AGJ, incluyendo la defensa juridica del fisco federal, la emision de criterios normativos, la resolucion de consultas fiscales y la representacion del SAT en juicios contencioso-administrativos y amparos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la Reglamento Interior SAT?

La AGJ es la administracion que defiende al SAT en juicios. Cuando un contribuyente demanda la nulidad de un credito fiscal ante el TFJA o promueve un juicio de amparo, es la AGJ (o la AGGC en el caso de grandes contribuyentes) quien contesta la demanda y defiende la legalidad del acto. Los criterios normativos del SAT, aunque no son vinculantes para los tribunales, orientan la actuacion de los funcionarios del SAT y dan certeza a los contribuyentes sobre la interpretacion oficial de las normas fiscales.

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