Define las facultades de la AGR, incluyendo el control de obligaciones fiscales, el cobro de creditos fiscales, la devolucion y compensacion de contribuciones, y la administracion del padron de contribuyentes del RFC.
Compete a la Administracion General de Recaudacion el ejercicio de las siguientes facultades:
- I. Llevar y mantener actualizado el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), asi como los demas registros y padrones previstos en las disposiciones fiscales.
- II. Vigilar y controlar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, responsables solidarios y demas obligados.
- III. Requerir a los contribuyentes, responsables solidarios y terceros con ellos relacionados la presentacion de declaraciones, avisos y demas documentos que establezcan las disposiciones fiscales.
- IV. Exigir el pago de los creditos fiscales que no hubieren sido cubiertos o garantizados dentro de los plazos legales, mediante el procedimiento administrativo de ejecucion (PAE).
- V. Adjudicarse los bienes embargados en los terminos del Codigo Fiscal de la Federacion.
- VI. Aceptar las garantias que otorguen los contribuyentes para asegurar el interes fiscal en los terminos de las disposiciones aplicables.
- VII. Practicar el embargo precautorio para asegurar el interes fiscal cuando exista peligro inminente de que el obligado se ausente, enajene u oculte sus bienes.
- VIII. Resolver las solicitudes de devolucion de contribuciones que presenten los contribuyentes.
- IX. Autorizar las compensaciones de cantidades a favor contra contribuciones a cargo.
- X. Verificar la procedencia de los saldos a favor y las devoluciones solicitadas.
- XI. Ejercer las facultades de comprobacion necesarias para verificar la procedencia de las devoluciones solicitadas.
- XII. Inscribir y mantener actualizado el RFC, asignando la clave que corresponda a cada contribuyente.
- XIII. Resolver las solicitudes de suspension y cancelacion en el RFC.
- XIV. Administrar la Firma Electronica Avanzada (e.firma) y los certificados de sello digital de los contribuyentes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La AGR es la primera linea de contacto entre el SAT y los contribuyentes. Es responsable de los requerimientos de declaraciones omitidas, las cartas invitacion y el cobro coactivo de creditos fiscales. Cuando un contribuyente recibe una orden de embargo o un requerimiento de pago, el acto generalmente proviene de la AGR o de una Administracion Desconcentrada de Recaudacion. Las devoluciones de IVA e ISR tambien son gestionadas inicialmente por esta administracion.
Art. 7. Facultades especificas de recaudacion y cobranza
Detalla las facultades especificas de la AGR en materia de cobranza coactiva, incluyendo el procedimiento administrativo de ejecucion, embargo de cuentas bancarias, intervencion de negociaciones y remate de bienes.
Art. 8. Administraciones Centrales de Recaudacion
Establece las administraciones centrales que conforman la AGR, tales como la Administracion Central de Cobro Coactivo, la Administracion Central de Devoluciones y Compensaciones, y la Administracion Central del RFC.
Art. 24. Administraciones Desconcentradas del SAT
Establece la naturaleza, competencia territorial y facultades de las Administraciones Desconcentradas del SAT, que son las unidades que ejercen las funciones de las Administraciones Generales en circunscripciones territoriales especificas.
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Art. 7. Facultades especificas de recaudacion y cobranza
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