Establece las reglas para determinar la base gravable del IEPS en operaciones de importacion, incluyendo la integracion del valor en aduana con los impuestos y derechos correspondientes.
Para efectos del calculo del IEPS en importacion, la base gravable se integrara con:
- I. El valor en aduana de los bienes, determinado conforme a la Ley Aduanera
- II. El monto del impuesto general de importacion efectivamente pagado
- III. Las demas contribuciones y aprovechamientos que se causen con motivo de la importacion, con excepcion del IVA
Tratandose de bienes sujetos a cuota fija (como cigarros y combustibles), la base gravable sera el numero de unidades, litros o kilogramos efectivamente importados, aplicando la cuota vigente al momento del cruce de la mercancia.
Cuando el valor en aduana se exprese en moneda extranjera, se utilizara el tipo de cambio que publique el Banco de Mexico en el Diario Oficial de la Federacion el dia anterior a aquel en que se efectue el pago del impuesto.
Las importaciones temporales de bienes gravados estaran sujetas al pago del IEPS cuando se destinen a un fin distinto al que motivo su importacion temporal, o cuando no se retornen al extranjero dentro del plazo autorizado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La base gravable del IEPS en importacion incluye el valor en aduana mas aranceles y gastos de importacion. En SDV Asesores de Negocio calculamos cuidadosamente la base para evitar diferencias con la autoridad aduanera, que pueden generar creditos fiscales con recargos y multas.
Art. 7. Obligaciones de importadores de bienes gravados
Establece las obligaciones especificas para los importadores de bienes sujetos al IEPS, incluyendo el pago del impuesto en aduana, la obtencion de marbetes para bebidas alcoholicas importadas y los registros que deben llevar.
Art. 13. Clasificacion de bienes sujetos al IEPS
Desarrolla la clasificacion de los bienes gravados por el IEPS, precisando las categorias de bebidas alcoholicas, tabacos, combustibles, bebidas azucaradas y alimentos de alta densidad calorica sujetos al impuesto.
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Art. 11. Enajenacion entre productores e intermediarios
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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