RLIEPS

Artículo 2. Definiciones del Reglamento LIEPS

Contiene las definiciones de los terminos utilizados en el Reglamento, incluyendo conceptos como Ley, SAT, marbete, precinto, productor, fabricante, importador y demas terminos tecnicos relativos al IEPS.

definicionesdisposiciones-generalesconceptosmarbeteprecinto

Texto Legal

Articulo 2 — Definiciones

Para los efectos de este Reglamento se entendera por:

I. Ley

La Ley del Impuesto Especial sobre Produccion y Servicios, publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 30 de diciembre de 1980, con todas sus reformas y adiciones vigentes.

II. SAT

El Servicio de Administracion Tributaria, organo desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Credito Publico encargado de la administracion tributaria federal.

III. Secretaria

La Secretaria de Hacienda y Credito Publico, dependencia del Ejecutivo Federal encargada de la politica fiscal y hacendaria.

IV. Marbete

El signo distintivo de control fiscal y sanitario que se adhiere a los envases de bebidas alcoholicas nacionales o importadas, en los terminos de la Ley y las reglas generales que al efecto emita el SAT.

V. Precinto

El signo distintivo de control fiscal que se adhiere a los recipientes que contengan bebidas alcoholicas a granel cuando estas se enajenen o importen.

VI. Productor o fabricante

La persona fisica o moral que directamente o a traves de terceros elabora, produce, envasa o fabrica los bienes a que se refiere la Ley.

VII. Contribuyente

Toda persona fisica o moral obligada al pago del impuesto especial sobre produccion y servicios conforme a la Ley, incluyendo a los retenedores y responsables solidarios.

VIII. Litro

La unidad de medida de capacidad equivalente a un decimetro cubico, utilizada para determinar la base gravable de bebidas alcoholicas y combustibles.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las definiciones del Reglamento complementan las de la LIEPS y deben interpretarse en conjunto. En SDV Asesores de Negocio recomendamos siempre consultar ambas fuentes para determinar correctamente el alcance de conceptos como productor, fabricante, importador y enajenante en materia de IEPS.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del RLIEPS?

Contiene las definiciones de los terminos utilizados en el Reglamento, incluyendo conceptos como Ley, SAT, marbete, precinto, productor, fabricante, importador y demas terminos tecnicos relativos al IEPS.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la Reglamento LIEPS?

Las definiciones del Reglamento complementan las de la LIEPS y deben interpretarse en conjunto. En SDV Asesores de Negocio recomendamos siempre consultar ambas fuentes para determinar correctamente el alcance de conceptos como productor, fabricante, importador y enajenante en materia de IEPS.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 2 del RLIEPS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 2 RLIEPS desde tu celular