RLISR

Artículo 131. Prestaciones laborales exentas limites y requisitos

Establece las reglas para prestaciones laborales exentas limites y requisitos, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 93 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 131 — Prestaciones laborales exentas limites y requisitos

Para los efectos de el articulo 93 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Aguinaldo exento 30 UMA

Para los efectos del tratamiento fiscal de los ingresos por sueldos y salarios, se regulan las disposiciones sobre aguinaldo exento 30 UMA.

II. Prima vacacional exenta 15 UMA

Se establecen las reglas especificas aplicables a prima vacacional exenta 15 UMA conforme a las disposiciones de la Ley.

III. Prima dominical exenta 1 UMA semanal

El procedimiento de calculo para prima dominical exenta 1 UMA semanal se realizara conforme a las tarifas y tablas vigentes.

IV. Horas extras exentas

Las disposiciones sobre horas extras exentas se observaran conforme a las reglas generales de retencion y entero.

V. Prevision social exenta

Los empleadores deberan cumplir con las obligaciones de prevision social exenta en los plazos establecidos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las prestaciones laborales exentas como vales de despensa, fondo de ahorro y ayuda de transporte estan sujetas a limites especificos. SDV Asesores advierte que exceder los limites de exencion genera un ingreso gravable para el trabajador que debe retenerse. La revision periodica de los montos de prestaciones exentas frente a los topes vigentes es una obligacion del empleador.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 131 del RLISR?

Establece las reglas para prestaciones laborales exentas limites y requisitos, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 93 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 131 de la Reglamento LISR?

Las prestaciones laborales exentas como vales de despensa, fondo de ahorro y ayuda de transporte estan sujetas a limites especificos. SDV Asesores advierte que exceder los limites de exencion genera un ingreso gravable para el trabajador que debe retenerse. La revision periodica de los montos de prestaciones exentas frente a los topes vigentes es una obligacion del empleador.

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