RLISR

Artículo 168. Deduccion opcional del 35% en arrendamiento

Detalla las normas reglamentarias para deduccion opcional del 35% en arrendamiento, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 115 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 168 — Deduccion opcional del 35% en arrendamiento

Para los efectos de el articulo 115 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Opcion del 35% de ingresos

Las personas fisicas que obtengan ingresos por arrendamiento de inmuebles observaran las disposiciones relativas a opcion del 35% de ingresos.

II. Sin comprobantes de gastos

Se regulan las reglas para sin comprobantes de gastos conforme al Capitulo III del Titulo IV de la Ley.

III. Impuesto predial adicional

El procedimiento de impuesto predial adicional se determinara conforme a las disposiciones aplicables al arrendamiento de inmuebles.

IV. Ejercicio de la opcion

Los arrendadores deberan cumplir con las ejercicio de la opcion previstas en la Ley para este tipo de ingresos.

V. Irrevocabilidad en el ejercicio

La irrevocabilidad en el ejercicio relativa al arrendamiento se presentara ante el SAT en los plazos establecidos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La deduccion opcional del 35% en arrendamiento simplifica el cumplimiento pero puede no ser la opcion mas favorable cuando los gastos reales son elevados. SDV Asesores recomienda realizar una proyeccion comparativa al inicio del ejercicio entre ambas opciones de deduccion. Una vez elegida la opcion, generalmente no puede cambiarse durante el mismo ejercicio fiscal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 168 del RLISR?

Detalla las normas reglamentarias para deduccion opcional del 35% en arrendamiento, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 115 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 168 de la Reglamento LISR?

La deduccion opcional del 35% en arrendamiento simplifica el cumplimiento pero puede no ser la opcion mas favorable cuando los gastos reales son elevados. SDV Asesores recomienda realizar una proyeccion comparativa al inicio del ejercicio entre ambas opciones de deduccion. Una vez elegida la opcion, generalmente no puede cambiarse durante el mismo ejercicio fiscal.

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