RLISR

Artículo 204. Swaps opciones y futuros tratamiento fiscal

Precisa las condiciones y reglas aplicables a swaps opciones y futuros tratamiento fiscal, conforme a las disposiciones de el articulo 20 de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

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Texto Legal

Articulo 204 — Swaps opciones y futuros tratamiento fiscal

Para los efectos de el articulo 20 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas aplicables

Para el tratamiento fiscal de los ingresos por intereses, se precisan las disposiciones relativas a swaps opciones y futuros tratamiento fiscal conforme al Capitulo VI del Titulo IV de la Ley.

II. Retencion

Las instituciones que paguen intereses efectuaran la retencion correspondiente, que tendra el caracter de pago provisional a cuenta del impuesto anual.

III. Interes real

Para efectos de la declaracion anual, se acumulara el interes real, determinado conforme al procedimiento de ajuste por inflacion.

IV. Constancia anual

Las instituciones pagadoras expediran una constancia anual con la informacion de intereses nominales, retenciones e interes real.

V. Declaracion anual

Los intereses reales se acumularan a los demas ingresos del contribuyente en la declaracion anual del ejercicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los swaps, opciones y futuros tienen tratamientos fiscales diferenciados segun se trate de operaciones de cobertura o especulativas. SDV Asesores advierte que la calificacion de la operacion como cobertura requiere documentacion especifica desde el inicio del contrato. El tratamiento incorrecto de estas operaciones puede generar diferencias significativas en la determinacion del ISR.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 204 del RLISR?

Precisa las condiciones y reglas aplicables a swaps opciones y futuros tratamiento fiscal, conforme a las disposiciones de el articulo 20 de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 204 de la Reglamento LISR?

Los swaps, opciones y futuros tienen tratamientos fiscales diferenciados segun se trate de operaciones de cobertura o especulativas. SDV Asesores advierte que la calificacion de la operacion como cobertura requiere documentacion especifica desde el inicio del contrato. El tratamiento incorrecto de estas operaciones puede generar diferencias significativas en la determinacion del ISR.

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