RLISR

Artículo 222. Tasa de retencion sobre premios procedimiento

Regula el tratamiento fiscal de tasa de retencion sobre premios procedimiento, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 138 de la Ley.

retencionpremiostasa

Texto Legal

Articulo 222 — Tasa de retencion sobre premios procedimiento

Para los efectos de el articulo 138 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas aplicables

Para el tratamiento de los ingresos por premios, se regulan las disposiciones relativas a tasa de retencion sobre premios procedimiento.

II. Retencion

Los organizadores de loterias, rifas y sorteos efectuaran la retencion del impuesto sobre el monto total del premio.

III. Tasa aplicable

La retencion se efectuara aplicando la tasa establecida en la Ley sobre el valor del premio otorgado.

IV. Pago definitivo

La retencion tendra el caracter de pago definitivo cuando los ingresos por premios sean la unica fuente de ingreso del contribuyente.

V. Obligaciones del organizador

Los organizadores deberan informar al SAT sobre los premios otorgados y las retenciones efectuadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La tasa de retencion sobre premios se aplica sobre el valor total del premio sin deduccion alguna. SDV Asesores destaca que el contribuyente puede optar por acumular el premio en su declaracion anual y acreditar la retencion cuando le resulte favorable. La evaluacion de esta opcion depende del nivel de ingresos totales de la persona fisica en el ejercicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 222 del RLISR?

Regula el tratamiento fiscal de tasa de retencion sobre premios procedimiento, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 138 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 222 de la Reglamento LISR?

La tasa de retencion sobre premios se aplica sobre el valor total del premio sin deduccion alguna. SDV Asesores destaca que el contribuyente puede optar por acumular el premio en su declaracion anual y acreditar la retencion cuando le resulte favorable. La evaluacion de esta opcion depende del nivel de ingresos totales de la persona fisica en el ejercicio.

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