RLISR

Artículo 230. Ganancia cambiaria de personas fisicas

Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a ganancia cambiaria de personas fisicas, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 143 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 230 — Ganancia cambiaria de personas fisicas

Para los efectos de el articulo 143 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas aplicables

Para el tratamiento de los demas ingresos de personas fisicas, se establecen las disposiciones relativas a ganancia cambiaria de personas fisicas.

II. Momento de acumulacion

Estos ingresos se acumularan en el momento en que sean efectivamente percibidos por el contribuyente.

III. Base gravable

La base gravable se determinara conforme a las reglas especificas del tipo de ingreso, sin que proceda deduccion alguna salvo disposicion expresa.

IV. Pago provisional

El contribuyente efectuara el pago provisional del impuesto conforme a la tarifa del articulo 96 de la Ley.

V. Declaracion anual

Estos ingresos se acumularan a los demas ingresos en la declaracion anual del ejercicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La ganancia cambiaria de personas fisicas es un ingreso acumulable que surge de la fluctuacion en el tipo de cambio de activos o pasivos en moneda extranjera. SDV Asesores advierte que muchos contribuyentes omiten este concepto al no tener conciencia de su gravamen. Las personas fisicas con cuentas bancarias o inversiones en dolares deben calcular periodicamente el efecto cambiario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 230 del RLISR?

Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a ganancia cambiaria de personas fisicas, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 143 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 230 de la Reglamento LISR?

La ganancia cambiaria de personas fisicas es un ingreso acumulable que surge de la fluctuacion en el tipo de cambio de activos o pasivos en moneda extranjera. SDV Asesores advierte que muchos contribuyentes omiten este concepto al no tener conciencia de su gravamen. Las personas fisicas con cuentas bancarias o inversiones en dolares deben calcular periodicamente el efecto cambiario.

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