Establece la obligacion de pagar recargos cuando las cuotas obrero-patronales no se cubran en los plazos legales, determinando la tasa aplicable y la forma de calculo de los recargos.
Las cuotas obrero-patronales que no se cubran oportunamente generaran recargos por cada mes o fraccion de mes de retraso, conforme a las siguientes reglas:
Los recargos se calcularan aplicando la tasa que fije anualmente el Congreso de la Union en la Ley de Ingresos de la Federacion, sobre las cuotas actualizadas no pagadas.
Los recargos se calcularan por cada mes o fraccion de mes transcurrido desde la fecha en que debio efectuarse el pago hasta la fecha en que se realice. La fraccion de mes se computara como mes completo.
Los recargos se acumulan al adeudo principal actualizado, incrementando progresivamente el monto total a pagar. Por esta razon, el retraso prolongado en el pago puede multiplicar significativamente el monto original de las cuotas.
Los recargos no podran exceder del 100% del monto de las cuotas actualizadas cuando el patron pague de manera espontanea. Cuando medie requerimiento del Instituto, los recargos podran exceder dicho limite.
Los recargos tienen el caracter de indemnizacion al Instituto por la falta de pago oportuno y son independientes de las multas y demas sanciones que pudieran imponerse al patron.
Última reforma aplicable: 15 de julio de 2005
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Los recargos representan un costo financiero muy significativo que puede superar las tasas de interes bancario. Actualmente la tasa mensual de recargos se ubica alrededor del 1.47%, lo que equivale a mas del 17% anual. El impacto se magnifica cuando se combinan actualizacion y recargos, pues estos se calculan sobre montos actualizados. Recomendamos priorizar el pago oportuno de cuotas sobre cualquier otra obligacion financiera, y cuando existan adeudos, regularizarlos lo antes posible para detener la generacion de accesorios.
Art. 156. Plazos de pago de cuotas obrero-patronales
Establece los plazos para el pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, fijando como fecha limite el dia diecisiete del mes siguiente al bimestre vencido, con reglas especiales para dias inhabiles.
Art. 163. Actualizacion de cuotas
Establece las reglas para la actualizacion de las cuotas obrero-patronales no pagadas en los plazos legales, conforme al Indice Nacional de Precios al Consumidor.
Art. 165. Multas por incumplimiento en pago de cuotas
Establece las multas aplicables a los patrones que incumplan con la obligacion de pago oportuno de las cuotas obrero-patronales, indicando los rangos y criterios de imposicion.
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