FISCALES

Artículo IV.3o.A.T.38 A . RETROACTIVIDAD EN MATERIA FISCAL.

Tesis aislada · 9a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

RETROACTIVIDAD EN MATERIA FISCAL.

Tesis

Registro digital: 192660

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Novena Época

Materia(s): Administrativa

Tesis: IV.3o.A.T.38 A

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Tomo X, Diciembre de 1999, página 777

Tipo: Aislada

RETROACTIVIDAD EN MATERIA FISCAL.


De una sana interpretación del artículo 6o. del Código Fiscal de la Federación, vigente en el año de mil novecientos noventa y cinco, que en lo que interesa dispone: "... Dichas contribuciones se determinarán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causación, pero les serán aplicables las normas sobre procedimientos que se expidan con posterioridad. ...", se llega al convencimiento de que, cuando se determina una contribución se aplicará la ley que está o estaba vigente en el momento en el que se causó, sin embargo, les serán aplicables las normas respecto al procedimiento que se expidan con posterioridad al momento de su causación; es decir, si en un año supuesto se detectó la causación de la contribución omitida en un año anterior a aquél, serán aplicables las normas procesales vigentes en el año en que se inició el procedimiento para determinar dicha contribución y no los que regían en el momento de la causación o los aplicables al momento de finalizar el procedimiento respectivo.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.


Amparo directo 506/99. KT de México, S.A. de C.V. 13 de julio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretaria: Angélica María Torres García.

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Registro digital (IUS): 192660

Clave: IV.3o.A.T.38 A

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: T.C.C.

Sala: TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Diciembre de 1999; Pág. 777

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IV.3o.A.T.38 A del FISCALES?

Tesis aislada · 9a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IV.3o.A.T.38 A de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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