Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El derecho humano de representatividad pública idónea implica que los cargos de elección popular sean desempeñados por quienes fueron elegidos y reconocidos para ello y, por ende, que se excluya a aquellas personas que no cumplan esos requisitos. En consecuencia, ante la presunción de su violación, debe tenerse por acreditado el interés legítimo para solicitar la suspensión provisional en el amparo promovido contra el otorgamiento de una licencia por tiempo indefinido a un servidor público elegido popularmente, en aras de preservar el bienestar del orden social.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2001629
Clave: IV.3o.A.16 A (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1721
Queja 24/2012. 5 de marzo de 2012. Mayoría de votos. Disidente: Jesús R. Sandoval Pinzón. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María Inocencia González Díaz.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 800498. REFRENDO. NO ES APLICABLE A LOS DECRETOS PROMULGATORIOS DE LOS REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS, LA TESIS SUSTENTADA POR EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, VISIBLE EN EL INFORME DE LABORES DEL AÑO DE 1986, PAGINA 721, CON EL RUBRO: REFRENDO DE LOS DECRETOS PROMULGATORIOS DE LAS LEYES DEL CONGRESO DE LA UNION. CORRESPONDE AL SECRETARIO DE GOBERNACION.
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Art. 1a. CCVIII/2012 (10a.). DERECHOS DE AUTOR. PROTEGEN TANTO DERECHOS PATRIMONIALES COMO MORALES.
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