Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si el quejoso acude al juicio de garantías con el carácter de tercero extraño para defender un inmueble embargado en el procedimiento administrativo de ejecución en materia fiscal, sobre la base de ser el propietario, lo cual acredita mediante la exhibición de las constancias aptas e idóneas para ello y solicita la suspensión definitiva para el efecto de que no sea desposeído del bien, no se actualiza la hipótesis prevista en el artículo 135 de la Ley de Amparo, consistente en condicionar la subsistencia y efectividad de la medida otorgada a una garantía adicional, al no ser el deudor fiscal, pues el referido procedimiento se inició contra una persona distinta.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2002069
Clave: XXI.2o.P.A.5 A (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2827
Incidente de suspensión (revisión) 122/2012. 21 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Alberto Casasola Mendoza. Secretario: Pablo Andrei Zamudio Díaz.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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